Ecotasa como propietario: el Modelo 017 y los plazos
Sandor Farkas
Fundador y redacción de Mallorca Plus
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Si alquilas una vivienda turística en Mallorca, tienes que cobrar la ecotasa a tus huéspedes y declararla ante la ATIB, la agencia tributaria balear. Da igual el tamaño del alojamiento: la obligación afecta a cualquier alquiler turístico, incluso al piso que solo sacas en Airbnb durante el verano. Muchos propietarios van retrasando el alta, pero el trámite es sencillo: te registras una vez con el Modelo 017 y, en el régimen estándar, la ATIB se encarga después de calcular el importe. Este artículo explica el alta paso a paso, las tarifas actuales y todos los plazos. Las bases del alquiler turístico legal están en la guía sobre alquiler vacacional en Mallorca.
De un vistazo
La ecotasa para alquileres turísticos es de 2 euros por persona y noche más el 10 % de IVA en temporada alta (del 1 de mayo al 31 de octubre). En temporada baja la tarifa baja un 75 %, a partir de la novena noche se reduce a la mitad, y los menores de 16 años no pagan. El alta se hace una sola vez, online, con el Modelo 017 ante la ATIB. En el régimen estándar, la ATIB calcula el importe anual por ti; el pago se hace entre el 1 de mayo y el 30 de junio del año siguiente.
Qué es la ecotasa y quién tiene que declararla
La ecotasa es el impuesto turístico de Baleares. Su nombre oficial es Impuesto sobre Estancias Turísticas (ITS), está en vigor desde el 1 de julio de 2016 y grava cada noche de estancia en un establecimiento turístico de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera. Lo recaudado va a un fondo para el turismo sostenible.
El impuesto lo paga el huésped, pero lo declara el propietario. La Ley 2/2016 llama al titular del alojamiento sustituto del contribuyente: tú cobras la ecotasa a tus huéspedes y la ingresas en la Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB). El responsable es quien figura como arrendador en el contrato, ya sea el propietario o la empresa de gestión contratada.
Un punto que sorprende a muchos: la obligación de declarar no depende de tener licencia ETV. La ley incluye expresamente las viviendas que se comercializan como turísticas sin cumplir los requisitos para ello. Quien alquila sin licencia se arriesga a una multa por la ley de turismo y, además, defrauda la ecotasa. Lo que arriesgas sin licencia está explicado en el artículo sobre la licencia ETV y el alquiler turístico ilegal.
Cuánto cobras a tus huéspedes
La tarifa depende de la categoría del alojamiento y va, en neto, de 1 euro (albergues, campings) a 4 euros (hoteles de cinco estrellas) por persona y noche. Las viviendas turísticas están en 2 euros. A todas las tarifas se les suma el 10 % de IVA. Una subida que se debatió en 2025 todavía no ha entrado en vigor; en agosto de 2026 las tarifas siguen igual.
| Posten | Kosten | Dauer |
|---|---|---|
| Temporada alta (1 de mayo a 31 de octubre) | 2,00 € + IVA = 2,20 € | por persona y noche |
| Temporada baja (1 de noviembre a 30 de abril) | 0,50 € + IVA = 0,55 € | por persona y noche |
| A partir de la novena noche | mitad de tarifa | según temporada |
| Menores de 16 años | 0 € | exentos |
Un ejemplo de cálculo: dos adultos y un niño de doce años se quedan diez noches en julio. Cada adulto paga ocho noches a 2 euros y dos noches a 1 euro, un total de 18 euros. El niño está exento. En total, 36 euros más el 10 % de IVA, es decir, 39,60 euros por toda la estancia.
Paso a paso: el alta con el Modelo 017
El Modelo 017 es la declaración censal de la ecotasa. Con él das de alta tu vivienda ante la ATIB, más adelante modificas los datos o das de baja la actividad. Se presenta exclusivamente online, a través de la página de la ATIB sobre el impuesto turístico; la administración no acepta formularios en papel.
Consigue un acceso digital
Necesitas un certificado digital (por ejemplo de la FNMT), el DNI electrónico o Cl@ve. Si no tienes acceso propio, puedes apoderar a una gestoría para que presente el trámite con su certificado.
Reúne los datos
La ubicación y el número de registro de la vivienda (el de turismo; si no lo tienes, la ATIB asigna uno propio), el número de plazas y el periodo en días al año en que la vivienda está disponible para alquilar.
Presenta el Modelo 017 online
Rellena la declaración censal de alta en la web de la ATIB, fírmala con el certificado y envíala.
Espera la primera liquidación
En el régimen estándar, tras el alta la ATIB envía una primera liquidación. A partir de ahí, la ecotasa funciona como el IBI: un recibo anual.
Consejo: contrata una gestoría
El alta, el apoderamiento y el control de plazos son tareas típicas de una gestoría, y para una sola vivienda turística suelen costar solo una pequeña cuota anual. Cómo encontrar una buena está en la guía sobre la gestoría.
Objetiva o directa: dos formas de liquidar
Para viviendas turísticas, la estimación objetiva es el régimen estándar. La ATIB calcula el impuesto anual a partir de dos datos de tu alta: el número de plazas y el periodo al año en que la vivienda está disponible para alquilar. Se cuenta la disponibilidad, no la ocupación real. Las dos primeras plazas cuentan al 100 %, cada plaza adicional solo al 35 %, porque el sistema ya descuenta de forma estándar la ocupación con niños. Si tu periodo de alquiler cambia respecto al alta, lo comunicas en enero del año siguiente con el Modelo 017; si no, no tienes que hacer nada.
Atención: los recibos siguientes no llegan por correo
Después de la primera liquidación, la ATIB ya no notifica los recibos de los años siguientes de forma individual. Los publica todos juntos en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB). El pago se hace entre el 1 de mayo y el 30 de junio del año siguiente. Si se te pasa el plazo, entras en vía ejecutiva con recargos. Lo más práctico es domiciliar el pago desde el principio.
La alternativa es la estimación directa. En ese caso, liquidas según los importes realmente cobrados: cuatro declaraciones trimestrales con el Modelo 700, del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero, más un resumen anual con el Modelo 790 en enero. Además, tienes que llevar libros de registro con todas las declaraciones de huéspedes y los justificantes de pago. El cambio se hace renunciando expresamente en el Modelo 017, te vincula durante al menos dos años y se aplica a todas tus viviendas a la vez. Para una sola vivienda turística rara vez compensa; resulta interesante cuando la ocupación real es mucho menor de lo que supone el cálculo estándar.
Justificantes y preguntas frecuentes
Tus huéspedes pueden pedirte un justificante de la ecotasa pagada, bien como partida propia en la factura o como documento aparte. El justificante debe llevar numeración correlativa e incluir como mínimo:
- número de registro y ubicación de la vivienda
- tu NIF como arrendador
- nombre y número de DNI o pasaporte de al menos un huésped
- número de noches, tarifa aplicada y posibles exenciones
- el importe cobrado
En la estimación directa, además, tienes que conservar justificantes de las exenciones, en el caso de los niños, por ejemplo, una copia del DNI o del libro de familia. Y una aclaración importante: el alta de la ecotasa no sustituye ni a la licencia ETV ni al número de registro NRA, obligatorio en todo el territorio español desde julio de 2025 para anunciarse en plataformas. Más sobre esto en el artículo sobre el número de registro NRA.
¿Tengo que declarar la ecotasa aunque no tenga licencia ETV?
Sí. La Ley 2/2016 grava expresamente también las viviendas que se alquilan turísticamente sin autorización. La falta de licencia no te libra de la obligación tributaria, además se suma como un riesgo de multa aparte.
¿Qué pasa si he dejado de darme de alta durante años?
La ATIB puede reclamarte el impuesto de los años no prescritos, en España normalmente cuatro, más recargos e intereses. Una regularización voluntaria a través de una gestoría casi siempre sale más barata que esperar a una inspección.
Conclusión
Para quien alquila en Mallorca, la ecotasa no se puede evitar, pero el trámite es manejable. Una vez dado de alta correctamente con el Modelo 017, en el régimen estándar queda un recibo al año y el pago entre mayo y junio. Lo que más hay que vigilar es que los recibos siguientes se publican solo en el boletín oficial, sin aviso individual, y que la tarifa que cobras a tus huéspedes sea la correcta. Quien tiene esto controlado, o se lo deja a una gestoría, tiene poco trabajo con el impuesto turístico. El marco legal más amplio de tu alquiler, desde la licencia hasta el impuesto sobre los ingresos, está en la guía sobre alquiler vacacional en Mallorca.
¿Prefieres no hacer tú el papeleo?
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