Impuesto sobre el Patrimonio en España: qué se aplica en Mallorca
Sandor Farkas
Fundador y redacción de Mallorca Plus
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El Impuesto sobre el Patrimonio en España asusta a muchos residentes antes incluso de saber si les afecta. La buena noticia primero: gracias a los mínimos exentos, la mayoría de los residentes en Mallorca no paga nada. Pero quien tiene una vivienda de alto valor, una cartera de inversión considerable o, como no residente, una finca que supera los 700.000 euros, debería conocer las reglas. Este artículo explica cómo funciona el Impuesto sobre el Patrimonio, qué particularidades tiene Baleares y cuándo entra además en juego el impuesto de solidaridad ISGF.
De un vistazo
Los residentes solo pagan Impuesto sobre el Patrimonio a partir de 700.000 euros de patrimonio neto por persona; la vivienda habitual añade otros 300.000 euros exentos. Los no residentes solo tributan por su patrimonio en España. La declaración se presenta con el Modelo 714, junto con el IRPF, entre principios de abril y finales de junio.
¿Qué es el Impuesto sobre el Patrimonio?
El Impuesto sobre el Patrimonio es el impuesto español sobre el patrimonio neto de una persona a fecha 31 de diciembre. Se grava el valor de todos los bienes menos las deudas, por encima de los mínimos exentos personales. Las comunidades autónomas, como Baleares, pueden fijar sus propias tarifas y bonificaciones.
La base legal es la Ley 19/1991. Lo decisivo es tu estatus fiscal:
- Residente: pasas más de 183 días al año en España. En ese caso cuenta tu patrimonio neto mundial, también la casa en tu país de origen o la cartera en un banco extranjero.
- No residente: vives fuera de España pero tienes patrimonio aquí. Entonces solo cuenta el patrimonio en España, normalmente la vivienda en Mallorca.
Si de verdad eres residente fiscal depende de más factores que solo los días. Los detalles están en nuestra guía sobre la residencia fiscal en España y en Baleares.
Mínimos exentos y tipos 2026
El dato más importante primero: el mínimo exento general es de 700.000 euros por persona, y para la vivienda habitual se añaden hasta 300.000 euros por titular. Un matrimonio con una casa en común en Mallorca tiene así hasta 2 millones de euros de patrimonio neto completamente exentos, porque cada cónyuge aplica su propio mínimo.
Por encima de los mínimos exentos, el impuesto es progresivo. La tarifa estatal empieza en el 0,2 por ciento y termina en el 3,5 por ciento. Baleares tiene su propia escala, cuyo tipo máximo ronda el 3,45 por ciento y solo se aplica a patrimonios de varios millones de euros.
Para calcular tu patrimonio neto cuentan, entre otros:
- Los inmuebles, por el mayor valor entre el precio de compra, el valor catastral y el valor determinado por la Administración
- Los saldos de cuentas y carteras de inversión a 31 de diciembre
- Los seguros de vida por su valor de rescate
- Vehículos, embarcaciones y objetos de arte
- Las participaciones en empresas, aunque el patrimonio empresarial activo puede quedar en gran parte exento bajo ciertas condiciones
Puedes deducir las deudas reales, por ejemplo la hipoteca de la finca. Precisamente estas reglas de valoración hacen que el impuesto suela ser más suave de lo que se teme: el valor fiscal del inmueble en la práctica queda muy por debajo del valor de mercado.
Consejo: simulación en el primer año
Si acabas de instalarte en Mallorca, pide una simulación antes de tu primera declaración. Así sabrás si realmente tienes que pagar y evitarás errores de valoración que te acompañarían en los años siguientes. Encuentras una visión general en la guía sobre el Impuesto sobre el Patrimonio en Baleares.
No residentes con vivienda en Mallorca
Aunque no residas en España, estás obligado al Impuesto sobre el Patrimonio en cuanto tu patrimonio neto en España supera el mínimo exento de 700.000 euros. El mínimo adicional para la vivienda habitual no se aplica en tu caso, porque tu propiedad en Mallorca no es tu vivienda habitual.
Un ejemplo: tu vivienda vacacional en Santa Ponsa tiene un valor fiscal de 900.000 euros, con una hipoteca pendiente de 150.000 euros. Tu patrimonio neto en España asciende a 750.000 euros, de los que tributan los 50.000 euros que superan el mínimo exento. El impuesto resultante es bajo, pero la obligación de declarar existe igualmente.
Los no residentes pueden en general elegir entre la tarifa estatal y la balear. Cuál te conviene depende de cada caso y una gestoría lo aclara rápido. Importante si mantienes patrimonio en más de un país: los convenios para evitar la doble imposición que España tiene firmados con otros países suelen atribuir a España el derecho a gravar los inmuebles situados aquí.
Atención: obligación de declarar aunque no salga a pagar
Tienes que presentar el Modelo 714 no solo cuando resulta cuota a pagar, sino también cuando tu patrimonio bruto en España supera los 2 millones de euros. Quien no presenta la declaración se arriesga a sanciones, aunque el resultado final hubiera sido cero euros.
El impuesto de solidaridad ISGF: la segunda capa para grandes patrimonios
Desde 2023 existe además el Impuesto de Solidaridad sobre las Grandes Fortunas (ISGF), un impuesto estatal para patrimonios netos a partir de 3 millones de euros. Se creó para que las comunidades con bonificaciones generosas no vaciaran por completo la tributación del patrimonio.
En la práctica, para ti en Mallorca esto significa:
- Si tu patrimonio neto mundial como residente está por debajo de unos 3,7 millones de euros (3 millones de mínimo exento más 700.000 euros de mínimo general), el ISGF no te afecta.
- Por encima de ese umbral se descuenta el Impuesto sobre el Patrimonio autonómico ya pagado, así que no pagas dos veces.
- La declaración del ISGF se presenta aparte, con el Modelo 718, con plazo en julio.
Para los no residentes el ISGF rara vez entra en juego, porque solo cuenta el patrimonio en España y el umbral de 3 millones raramente se supera con un único inmueble.
Plazos y Modelo 714
La declaración del Impuesto sobre el Patrimonio se presenta electrónicamente con el Modelo 714 en la Agencia Tributaria, en la misma ventana que el IRPF: en 2026, entre principios de abril y finales de junio, unos días antes si domicilias el pago. Para las particularidades de Baleares, la administración tributaria autonómica ATIB es el organismo competente.
¿Tengo que pagar Impuesto sobre el Patrimonio si soy pensionista con una vivienda normal en Mallorca?
En la gran mayoría de los casos, no. Con 700.000 euros de mínimo exento más 300.000 euros para la vivienda habitual, una vivienda media junto con los ahorros queda muy por debajo del umbral. Solo hace falta declarar si resulta cuota a pagar o si tu patrimonio bruto supera los 2 millones de euros.
Conclusión
El Impuesto sobre el Patrimonio en España suele ser irrelevante para los hogares normales en Mallorca: 700.000 euros de mínimo exento por persona más 300.000 euros para la vivienda habitual dejan mucho margen. Se vuelve relevante para no residentes con inmuebles de alto valor y para residentes con carteras grandes o varias propiedades. En esos casos importan una valoración correcta, elegir la tarifa más favorable y la compensación entre el Patrimonio y el ISGF. Lo mejor es aclarar tu situación antes del primer año fiscal completo; así la declaración con el Modelo 714 se convierte en pura rutina.
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